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Agustín Villanueva

Libertad y DERECHO DE ELEGIR ESCUELA

                        LIBERTAD Y DERECHO DE ELEGIR ESCUELA

 

    El único fin por el cual es justificable que la humanidad, individual o colectivamente, se entremeta en la libertad de acción de uno cualquiera de sus miembros, es la propia protección, así se manifestaba John Stuart Mill. La única finalidad por la cual el poder puede con pleno derecho, ser ejercido sobre un miembro de una comunidad civilizada contra su voluntad, es evitar que perjudique a los demás. En la parte que le concierne meramente a él, su independencia es, de derecho, absoluta. Sobre sí mismo, sobre su propio cuerpo y espíritu, el individuo es soberano. Lo que distingue, dice J.S.Mill, al hombre del resto de la naturaleza no es ni su pensamiento racional ni su dominio sobre la naturaleza, sino la libertad de escoger y de experimentar.

   El artículo 27 de nuestra Constitución (no la que era más que un Tratado y menos que una Constitución) reconoce la libertad de enseñanza, que comprende, entre otros, el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones. Así mismo, como ámbito esencial de libertad, ha sido reafirmado por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, que lo ha interpretado como una proyección de la libertad ideológica y religiosa y del derecho a expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas u opiniones. Veamos: derecho a la gratuidad en los niveles básicos y obligatorios; derecho de los padres a elegir centro docente, tanto público o privado; derecho de los centros privados a recibir fondos públicos, cuando reúnen los requisitos establecidos por la ley; derecho a crear y dirigir centros educativos; etc.

    Los temas considerados “conflictivos” aparecen y desaparecen según los momentos, sobre todo de tipo político, pero casi nunca se tratan de solucionar, enfrentarse a ellos, y por tanto, hacerlos desaparecer. La elección del centro educativo, se debe cada vez menos a razones ideológicas, y mucho más a motivos pragmáticos, pero algunos recalcitrantes siguen empeñados en resucitar “guerras” desde los planteamientos del fundamentalismo laicista. Algunas personas tienen dificultades para comprender el derecho de otros a ser libres o para aceptar la libertad ajena, solo así puede explicarse tanta sin razón, tanto intervensionismo (no es verdad que el que paga manda y por ello es importante que el que paga administre su dinero), en contra de la libertad y tanta oposición a ser libres. De hecho, no podemos hablar de libertad si carecemos de los medios para ejercerla. Entre monopolio educativo y mercado libre de la educación existe una vía intermedia que se basa en un principio de subsidiaridad restituyendo a la sociedad civil la prestación educativa y confiando al Estado la doble misión de financiación y supervisión general de la enseñanza. Y esa misión puede ser ejecutada en colaboración con los actores educativos.

    El Estado tiene la obligación de determinar los niveles de la educación obligatoria, dotándolos de los contenidos básicos para el desarrollo personal y para la integración social y laboral, tiene la competencia sobre la ordenación del sistema educativo,  y tiene que asegurar que los centros educativos cumplan los requisitos establecidos por la ley. Pero no debe tener el derecho a educar a los ciudadanos, porque ese derecho corresponde a los padres, a quienes se ha de asegurar la libertad de decidir el tipo de enseñanza (documento  de diez organizaciones sobre “El derecho de los padres a elegir la educación en libertad”) que desean para sus hijos, sin más límites que los impuestos por el ordenamiento constitucional: el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales. Los ciudadanos aportan los fondos para la gratuidad de la enseñanza, pero se les priva de la posibilidad práctica de decidir sobre el uso de esos fondos. Son los padres son los titulares del derecho a elegir el centro que consideren idóneo para la educación de sus hijos, y también son los padres quienes deben decidir si desean que sus hijos reciban enseñanza religiosa en la escuela.

    La visión idílica del intervensionismo estatal ya no es inadmisible. La gestión del sistema educativo es demasiado compleja como para que pueda ser asumida en exclusiva por las autoridades públicas. En un sistema de libertad de enseñanza, en el que los padres eligen la escuela de sus hijos, es toda la sociedad civil la que asume la responsabilidad educativa. Juzgar a los padres incapaces de tales decisiones es una grave y mala interpretación de los principios que rigen una democracia. ya es momento de que los padres tomen la iniciativa. ¿Cómo? El que paga manda, pero no si paga el Fisco. Lo importante es el que paga administre su dinero, y el que quiera colegios mixtos, bien (como gallego lo de bien lo digo pos costumbre), y los que no, pues permitan la libertad, ¿o no?. Los padres que no llevan sus hijos, lo más importante en la familia, a colegios mixtos, y si son públicos, están pagando dos veces. Ole por los impuestos.

 

 

                                                    Agustín Villanueva

                                                    Profesor de Economía Aplicada de la UMH

                                                    Director del programa “Coloquios en Libertad” de

                                                    esRadio

                                                             2013 / 04 / 03

 

 

6 comentarios

Pedro Lopez -

Muchísimas. Tema de especial interés.
Un abrazo, Pedro

Pablo Cabellos -

Muchísimas. Tema de especial interés.
Un abrazo, Pablo

Carmen cocina -

Gracias muy bueno

Enviado desde mi iPhone

Luis Montes -

Muy bueno
Gracias
Luis

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Esther Toranzo -

Gracias, Agustín.
Espero te lo publiquen.
Saludos,
Esther

Guillermo Dupuy -

Enhorabuena por tu defensa de la libertad de enseñanza (qué se enseña) y de la libertad de elección de centro escolar (dónde se enseña).
Un fuerte abrazo

Guillermo